1. Contrato
Notariado: Es derecho de todo arrendatario que el contrato que rija la relación
arrendaticia sea debidamente autenticado. Dicho derecho no puede ser relajado
por las partes de conformidad con el articulo 3 ejusdem.
2. Duración
mínima de 1 año: No se permite la elaboración de contratos por un periodo de
tiempo menor a 12 meses así como tampoco la posibilidad de ajustes del canon de
arrendamiento durante dicho periodo.
3. Cuenta
Bancaria: Es deber del arrendador, disponer de una cuenta exclusiva para fines de alquiler y depósito de garantía si
fuere el caso.
4. Factura
Legal: Siguiendo las disposiciones del Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria SENIAT, es obligación del arrendador
emitir por concepto de canon de arrendamiento la respectiva factura legal.
5. Método
de Cálculo para la fijación del Canon. Existen 3 modalidades para la fijación
del canon.
a.
Método I: Canon Fijo para lo cual es menester la
determinación del Valor del Inmueble por parte del ente competente y
especificar el porcentaje de rentabilidad en la formula, el cual no podrá
exceder de un 20 %.
b.
Método II: Canon Variable teniendo como REFERENCIA
EL MONTO BRUTO DE VENTAS REALIZADAS por el arrendatario en base a la DECLARACION
REGULAR DEL IVA. El PORCENTAJE A APLICAR varia según el uso que se le de al
Local Comercial
c.
Método III: Mixtura entre la PORCION FIJA la
cual NO PUEDE SER SUPERIOR A 50% DEL monto establecido según el METODO I y el PORCENTAJE
DE VENTAS cuyo TOPE MAXIMO a aplicar en este escenario seria del 8% .
6. Creación
del COMITE PARITARIO para ADMINISTRACION
del CONDOMINIO Propietarios e Inquilinos
7. Factura
Legal del Condominio y Gastos Comunes
8. Administradores
10 % tope máximo como honorarios y responsabilidad solidaria
9. Autoridad
competente: Ministerio con competencia en materia de Comercio,. Asistido por la
Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE)
10. El
incumplimiento de la normativa pudiese generar sanciones desde 500 UT hasta
2500 UT.
10/12/14 07:00
10/12/14 07:00
Buenas tardes, tengo problemas para validar un reposo por la misma patologia, el traumatologo me dio un primer reposo de 15 en la cual se vencía el 25 en ese periodo me dieron la cita el seguro social para validarlo que fue para en 28/07/2016 para el dia 25 el traumatólogo me dio 15 dias mas de reposo porque el tobillo aun lo tenia hinchado,cuando llega el 28 para la cita con el seguro social le entregó al medico el segundo reposo para que de una vez me lo valide porque es la misma patologia el medico del seguro me dijo que no validaba extensiones y que ese reposo tiene que emitirlo es el fisiatra para ir a otro seguro para validarlo, ya han pasado mas de una semana y no he podido validar el reposo me dan mala información y me han peloteado mucho, que puedo hacer?????? Ayuda.....
ResponderEliminar